“Hay que impedir que se considere a alguien que hace teletrabajo como trabajador de segunda”
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* Lo dijo el diputado nacional argentino Walter Correa durante el webinar que organizó la Oficina Regional. Del encuentro también participó la presidente de la Federación Colombiana de Periodistas, quien advirtió que en su país la ley ha sido “aprovechada para restar derechos y garantías a lxs trabajadores”.

* “Hay que impedir que se considere a alguien que hace teletrabajo como trabajador de segunda”

*  El encuentro tuvo como moderadora a la Vicepresidente de FIP y Secretaria General de la Asociación Nacional de Periodistas del Perú, Zuliana Láinez

LA OFICINA Regional para América Latina de la Federación Internacional de Periodistas organizó un webinar para poner en común con sus afiliados el marco legal del teletrabajo en Colombia y Argentina, países que han avanzado en leyes que regulan la actividad y que representan un posible anticipo de las discusiones que definirán los derechos laborales en los próximos años.

El seminario virtual contó con la participación del diputado nacional argentino Walter Correa, uno de los responsables de la ley de teletrabajo que ya recibió media sanción en la Cámara de Diputados de ese país y de la presidente de la Federación Colombiana de Periodistas, Adriana Hurtado, que explicó la situación en Colombia a 12 años de la puesta en vigencia del marco legal que regula el trabajo remoto.

Además, el encuentro tuvo como moderadora a la Vicepresidente de FIP y Secretaria General de la Asociación Nacional de Periodistas del Perú, Zuliana Láinez. En cuanto a los adelantos previstos por el proyecto de Ley elaborado en Argentina, el diputado Correa explicó las nociones que fundamentan la ley y que estructurarán legalmente los empleos realizados de manera remota en ese país si el Senado convierte el texto en ley en las próximas semanas.

En su presentación, Correa explicó: “La ley considera que no existe como tal un ‘teletrabajador’. Hay un trabajador que realiza una tarea por teletrabajo. Buscamos esta definición para no generar un trabajador/a en segunda instancia o, directamente, de segunda”.

“Para la ley no hay ‘teletrabajador’. Hay un trabajador que realiza una tarea por teletrabajo. Buscamos esta definición para no generar un trabajador de segunda”.

“También busca un principio de igualdad: tiene la misma igualdad alguien que realiza tareas vía teletrabajo o alguien que las realiza en una fábrica, banco, hospital o taller”, aseguró el legislador.

Sobre la duración de la jornada laboral, uno de los puntos que más ha perjudicado a lxs trabajadores durante la cuarentena, destacó: “La ley establece una jornada de trabajo clara: hoy un jefe interactúa constantemente con lxs trabajadores y no hay una jornada específica. Esta ley establece un principio y fin de jornada, de 8 horas. Después, en cada convenio, esta regla se podrá mejorar”.

“También establece el derecho a la desconexión: una vez terminada la jornada tengo derecho a desconectarse y no ser supervisado. Muchas empresas se opusieron a este derecho, pero lo hemos podido establecer”, contó el también Secretario General de la Federación Argentina de Trabajadores de la Industria del Cuero y Afines.

Acerca del derecho a la intimidad de lxs trabajadores que realicen sus tareas desde su hogar, el diputado enfatizó:  “Cuando un supervisor deba ir a hacer una revisión en el domicilio, tiene que comunicar que va a realizar esta inspección en el hogar de el o la trabajadora. Tiene que avisar a la organización sindical y al Ministerio de Trabajo (como autoridad de aplicación) que va a realizar una inspección”.

El caso colombiano

El encuentro virtual también tuvo como oradora a la presidente de la Federación Colombiana de Periodistas, que compartió la experiencia de Colombia con respecto a la ley que regula el trabajo remoto en ese país y que fue sancionada en 2008.

“En Colombia ha habido una disminución del salario de teletrabajadores: quienes trabajan de manera remota hacen las mismas labores y tiene disminuidos el salario y las cargas sociales, pero sus empresas les exigen más rendimiento”, advirtió Hurtado acerca de la praxis de la legislación que regula el teletrabajo en su país.

Del mismo modo, aseguró que “los empleadores se han aprovechado de las falencias de este marco regulatorio para coaccionar al trabajador con, por ejemplo licencias no remuneradas y despidos sin indemnización”.

“El gran problema es que hay sólo dos vías para reclamar: vía juez con jurisdicción en el fuero laboral y vía ministerio, que tiene un facultad que tiene actuación de carácter administrativo y lo máximo que puede prever son sanciones económicas que no van para resarcir al trabajador si no para un fondo de ese mismo Ministerio”.

Para la presidenta de FECOLPER es crítico hacer esta distinción “porque se supone que lxs trabajadores remotos tienen la misma relación y el mismo régimen laboral que cualquier trabajador”.

En este sentido, la periodista subrayó la importancia de la organización colectiva por los derechos de los trabajadores “que se encuentran sometidos por la necesidad de trabajar y deben soportar cargas extras y menor remuneración”.

En la misma línea, Correa aseguró que “la organización, la solidaridad y la representatividad es un nuevos desafíos que tienen las organizaciones sindicales”. “Tenemos que ser estratégicamente muy considerados en ejercer nuestra representatividad para hacer valer  los derechos de esos futuros trabajadores”, previó el diputado.


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