Día Internacional de los Pueblos Indígenas: se encuentran entre las poblaciones más desfavorecidas y vulnerables representando el 15 por ciento de los más pobres.
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* La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), creó en 1992 la Coordinación de Asuntos Indígenas, como un área especializada para atender las quejas

* En febrero de 1998, comenzó a operar la Cuarta Visitaduría General, especializada en la protección, defensa, promoción y difusión de los derechos humanos de los pueblos indígenas del país

Etchojoa, Sonora, México.- La Asamblea General de las Naciones Unidas, el 17 de febrero de 1995 mediante su resolución A/RES/49/214 decide que el 9 de agosto de cada año se celebre el Día Internacional de las Poblaciones Indígenas.

La celebración ofrece una oportunidad para reconocer a las comunidades indígenas -sus tradiciones, valores, idiomas y costumbres- y el aporte que estas han brindado en el fortalecimiento de las culturas nacionales.

Con la conmemoración de este día, Naciones Unidas busca obtener el mayor respaldo de los gobiernos y todos los sectores de la sociedad para hallar juntos la solución de los problemas con que se enfrentan las comunidades indígenas en esferas como los derechos humanos, el medio ambiente, el desarrollo, la educación y la salud.

 

Podemos destacar que los pueblos indígenas representan una gran diversidad: más de 5,000 grupos distintos en unos 90 países y hablan una abrumadora mayoría de las aproximadamente 7,000 lenguas del mundo.

Están constituidos por 370 millones de personas aproximadamente, es decir, más del 5% de la población mundial y, sin embargo, se encuentran entre las poblaciones más desfavorecidas y vulnerables representando el 15 por ciento de los más pobres.

Por otro lado, encontramos que el derecho de los pueblos indígenas a la educación está protegido por la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, que en su artículo 14 dispone que:

“Los pueblos indígenas tienen derecho a establecer y controlar sus sistemas e instituciones docentes que impartan educación en sus propios idiomas, en consonancia con sus métodos culturales de enseñanza y aprendizaje”.

Así entonces enlazando el tema del derecho de los pueblos indígenas a la educación con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible podemos mencionar el objetivo cuatro que insta a asegurar el acceso igualitario a todos los niveles de la enseñanza y la formación profesional para las personas vulnerables, incluidas las personas con discapacidad, los pueblos indígenas y los niños en situaciones de vulnerabilidad.

Por su parte, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce en su artículo 2º, que la Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.

Debido a la problemática en materia del respeto, protección y defensa de los derechos humanos de la población indígena, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), creó en 1992 la Coordinación de Asuntos Indígenas, como un área especializada para atender las quejas provenientes de ellos, sus pueblos y comunidades; con el propósito de brindar mayor cobertura a la atención de ese grupo en situación de vulnerabilidad.

En febrero de 1998, comenzó a operar la Cuarta Visitaduría General, especializada en la protección, defensa, promoción y difusión de los derechos humanos de los pueblos indígenas del país, y cuyo objeto es impulsar las acciones para fortalecer el respeto a los derechos, cultura y tradiciones de los pueblos indígenas.

Dip. Arturo Robles Higuera Distrito XX

 


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